La devolución del IVA por la compra se realizará siempre y cuando la cuenta donde se realizó el débito tenga la condición de Consumidor Final ante el IVA. Si usted posee una cuenta con diferente condición no se le reintegrará el impuesto por las compras realizadas.
El monto de devolución es del 5 % sobre el importe de la compra sin IVA. Esto implica un 4,13% del monto total de la compra. Por ejemplo, en una compra por $ 121 (donde $100 corresponden al monto de la compra y $21 al IVA), el monto a reintegrar será de $ 5.
Ejemplo:
Monto total de la compra: $121 x 4,13% = $ 5
o
Monto antes del IVA: $100 x 5%= $ 5
La devolución será acreditada en la misma cuenta donde se realizaron las compras dentro del 5° día hábil por las compras generadas en el mes calendario anterior
Todas las compras superiores a $1.000. En este caso no se reintegrará ningún importe.
No se reintegra el IVA para las compras de Combustible.
No se reintegra el IVA para compras realizadas en el exterior.
No se reintegra el IVA para compras realizadas en el Territorio de Tierra del Fuego y en zonas francas o aduaneras donde rija la exención o la no aplicación del IVA.
Si al momento de realizar la devolución del impuesto la cuenta se encontrara cerrada, no se efectuará la devolución del mismo.
Todos los movimientos que se realicen por pago de servicios de gas, energía eléctrica, agua, televisión por cable y televisión satelital, si bien generan un débito en la cuenta, no se encuentran alcanzados por las medidas, es decir no tienen devolución del IVA.
Tampoco están alcanzados los pagos de prepagas, servicios de internet ni telefonía celular. Las compras de telefonía tampoco están incluídas.
Pago de impuestos nacionales, provinciales y municipales.
Pago de enseñanza prestada por establecimientos educacionales privados, inclusive clases particulares y guarderías y jardines.
Pago de servicios prestados por asociaciones, fundaciones, entidades civiles y mutuales; Colegios y Consejos Profesionales.
Compra de sellos de correo, papel timbrado, billetes de Banco y títulos de acciones o de obligaciones y otros títulos similares.