DDJJ Com. "A" 4377 pto.4 y Com. "A" 4717 (Completar sólo cuando el código de concepto por el cual se desea liquidar la operación corresponda a Ingresos por Rentas de Activos Externos ó Repatriaciones de Inversiones de Residentes, y no se supere el monto máximo equivalente a U$S 2.000.000 (dólares estadounidenses dos millones) mensuales).
DDJJ Com. "A" 4377 Pto.4, Com. "A" 4717 y Com. "A" 4762 Pto.8, párrafo 2 (Completar sólo cuando el código de concepto por el cual se desea liquidar la operación corresponda a Repatriaciones de Inversiones de Residentes, y se supere el monto máximo equivalente a U$S 2.000.000 (dólares estadounidenses dos millones) mensuales)
DDJJ Com. "A" 4762 Pto.5, inciso 'a' (Completar sólo cuando el código de concepto por el cual se desea liquidar la operación corresponda a Aportes de inversiones directas en el país, excepto por absorción de pérdidas o para cubrir patrimonio neto negativo)
DDJJ Com. "A" 4762 Pto.5, inciso 'c' (Completar sólo cuando el código de concepto por el cual se desea liquidar la operación corresponda a Aportes de inversiones directas en el país por absorción de pérdidas o para cubrir patrimonio neto negativo)
DDJJ Com. "A" 4762 Pto.1, (Completar sólo cuando el código de concepto por el cual se desea liquidar la operación corresponda a Préstamos Financieros de más de 1 año de plazo)
DDJJ Com. "A" 4762 Pto.5, inciso 'b' (Completar sólo cuando el código de concepto por el cual se desea liquidar la operación corresponda a Ventas de participaciones en empresas locales a inversores directos)