Los fondos comunes de inversión, son productos que permiten una efectiva administración de sus inversiones de manera simple. Invierten - de acuerdo a su objetivo- en activos tales como acciones, bonos públicos y privados, fideicomisos financieros y certificados a plazo fijo, entre otros.
Banco Galicia le ofrece la familia de fondos FIMA, productos entre los más competitivos del mercado, diseñados para cubrir distintas necesidades en rendimientos y plazos, con una mínima inversión inicial.
FAMILIA DE FONDO
FONDO
MONEDA
COMPUESTO POR:
ACCEDA AL REPORTE
Fondo de Plazo Fijo
Fima Premium
$
Depósitos a plazo fijo, cuentas a la vista y fideicomisos financieros, entre otros.
Fondos de Bonos
Fima Ahorro Pesos
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Títulos emitidos por el BCRA de muy corto plazo (Lebac / Nobac), fideicomisos financieros y certificados a plazo fijo, entre otros.
Renta Pesos
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Títulos públicos y privados de corto plazo, con una vida promedio de 1 año aproximadamente.
Fima Renta Plus
$
Valores negociables e instrumentos de renta fija públicos y privados de mediano plazo en pesos.
Obligaciones negociables
u$s
Obligaciones Negociables de mediano plazo nominadas en dólares, de empresas de primera línea y títulos del tesoro norteamericano.
Fima Renta Corto Plazo
u$s
Títulos públicos y privados de corto plazo en dólares. Cartera con una vida promedio inferior a dos años.
Renta Dólares
u$s
Títulos de mediano y largo plazo, principalmente Boden 2012 y 2013.
Fima Nuevo Renta Dólares
u$s
Títulos locales en dólares de mediano y largo plazo. Vida promedio de la cartera de inversión superior al Fima Renta Dólares
Renta Latinoamericana
u$s
Títulos públicos latinoamericanos, principalmente de Brasil, Chile y Argentina, nominados en dólares.
Fondos de Acciones
Fima Acciones y Fima PB Acciones
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Acciones del panel Merval de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.
Fima Global Assets
u$s
Cedears representativos de acciones de empresas norteamericanas de primer nivel.
Leyenda Informativa - Decreto Nº 616/05 Se encuentran vigentes en materia cambiaria y relativo al ingreso y egreso de capitales de la República el Decreto Nº616/05 y la Resolución del Ministerio de Economía y Producción 637/2005. Esta normativa establece, entre otras cosas (bajo ciertos requisitos salvo excepciones contenidas en la normativa) la necesidad de constituir un depósito no remunerado por un plazo de 365 días y por el 30% de los fondos ingresados en la República. (Se recomienda a los interesados la revisión de esta normativa previo a efectuar su inversión).