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11 | 10 | 2008  


 
 

Preguntas más frecuentes
Aspectos Conceptuales de la Comunicación A -3602

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Consideraciones Generales

Debe declarar todo deudor perteneciente al sector financiero o al sector privado no financiero que mantenga deudas pendientes a la fecha de referencia por:

  • Títulos de deuda emitidos en el país y en el exterior.
  • Pasivos con residentes del exterior por cualquier concepto y tipo de acreedor.

Las entidades financieras deben excluir de sus declaraciones aquellos conceptos informados en el marco de la Comunicación “B” 6912 (que seguirán siendo informados según dicho régimen):

  • Líneas de crédito del exterior
  • Cobertura de créditos documentarios
  • Saldos de Corresponsalías
  • Pasivos Eventuales por letras avaladas y carta de crédito stand-by.

Las presentaciones realizadas tienen carácter de declaración jurada, pero no es necesaria la certificación de auditor externo para los declarantes del sector privado no financiero.

Los datos consignados en los distintos cuadros se refieren siempre a la situación de cada operación a la fecha o período de referencia informada. 

Los montos deben ser expresados en unidades sin decimales de la moneda de la operación.

El monto pendiente comprende el principal recibido, los intereses capitalizados y los intereses vencidos no pagados a la fecha de referencia.  No debiendo incluirse los intereses devengados no vencidos.

No debe considerarse como monto desembolsado o pendiente a ningún compromiso futuro de entrega de fondos o bienes por parte del acreedor que no se haya efectuado aún.

Los pagos de principal pactados para una fecha posterior a la declarada deben ser consignados en la proyección de vencimientos futuros (Cuadro E)

Se consignará como vencido y no pagado (atraso) sólo aquel pago que no se efectuó en la fecha acordada y aún no había sido cancelado a la fecha de la declaración.

Por colocación o desembolso (Cuadro C) se entiende cualquier incremento del saldo adeudado de la operación que no corresponda a atrasos de intereses vencidos no pagados.

Por cancelación del principal (Cuadro D) se entiende cualquier disminución del saldo adeudado de la operación que no corresponda a pagos de intereses vencidos no pagados. Incluye pagos, renovaciones, capitalizaciones, condonaciones, cesiones a otros deudores, nota de crédito (sólo modo cuenta corriente), etc.

Fecha de origen de la deuda

Las deudas por importaciones se originan a partir de la fecha de embarque y en el caso de pagos de servicios se considera la fecha de factura. 


Tratamiento de los intereses

Intereses pagados: no es necesario detallar los pagos realizados, siendo suficiente declarar las condiciones acordadas para su pago en el Cuadro B (existe una opción para quien no abona intereses bajo ninguna modalidad).

Devengamiento de intereses: los intereses sólo serán declarados como monto pendiente si ocurrido su vencimiento están pendientes de pago o han sido capitalizados.

Capitalización de intereses: existe un acuerdo para no pagar intereses e incorporarlos a su vencimiento al principal, se considerará como nuevo desembolso incluido en el monto total desembolsado (Cuadro B) y detallado con el concepto especifico en el Cuadro C.

Intereses Vencidos y No Pagados: corresponde a intereses que no fueron abonados cuando correspondía y aún no han sido cancelados. Se debe incluirlos en el  monto pendiente (Cuadro B) y detallarlos por separado en el Cuadro E. No debiéndose indicar su cancelación en el Cuadro D.


Cuenta Corriente o Cobranzas pendientes por importación de Bienes

En el modo cuenta corriente sólo será posible elegir entre aquellas opciones existentes en la Lista de Acreedores en Cuenta Corriente.

Previa a la carga de las operaciones deberán indicarse dichos acreedores, definidos por: Denominación, Tipo de Acreedor, País de residencia y Moneda de la deuda.

Sólo se admitirá una única operación de Cta. Cte. y/o Cobranzas por importación de bienes para cada acreedor de cuenta corriente definido.

Si se tienen saldos pendientes en distintas monedas con el mismo acreedor, se considerará como si fuesen acreedores distintos (uno por moneda), informándose por separado.


Validaciones y Mensajes de Error

El aplicativo realizará automáticamente validaciones:

  • A nivel de campo (rangos, valores lógicos, fechas, etc.)
  • A nivel de cuadro (límites de montos, omisiones de datos, correspondencia de las fechas declaradas, etc.)
  • A nivel de operación (cruce de información entre los distintos cuadros, concordancia entre los stocks y los flujos informados en dos períodos, etc.)

En cada caso emergerá una ventana detallando el listado   de errores que se hubieran producido indicando el período de referencia, la operación, el código y una breve del error.


Omisión de Cuadros

Según el tipo de operación y que se declare el aplicativo requerirá completar los cuadros C, C1, D y E de cada operación.

Si se omite uno de ellos aparecerá un mensaje indicando el cuadro faltante, el Nº de operación y el período:

  • B048 “Falta informar el Cuadro E para esta operación”
  • B049 “Falta informar el Cuadro C para esta operación”
  • B050 “Falta informar el Cuadro C1 para esta operación”

Inconsistencias de la información

La suma de los desembolsos del período anterior + aquellos informados en el actual deber ser igual al monto desembolsado informado en el Cuadro B.

Error C008: “El total de desembolsos (Cuadro C) no coincide con el Monto Total Desembolsado (Cuadro B)”

La suma de atrasos (capital e intereses vencidos y no pagados) + la proyección de vencimientos del capital, deberán ser exactamente igual al Monto adeudado pendiente (En Cuadro B).

Error B047: “El total de atrasos y proyecciones de vencimietos (Cuadro E) no coincide con el Monto Pendiente (Cuadro B)”

La variación de los montos pendientes de principal para cada operación entre el período actual y el anterior tendrá que ser explicada exactamente por sus flujos asociados en dicho período.

Error B055: “los flujos (Cuadros C y D) no son consistentes con la variación del monto pendiente en el período”.


Consistencia de la Información

Monto pendiente del anterior período (Cuadro B) + Acumulado de desembolsos en el actual período (Cuadro C) - Acumulado de cancelaciones en el actual período (Cuadro D) + Variaciones de los intereses vencidos y no pagados (Cuadro E) = Monto pendiente del actual período (Cuadro B)


Algunas consideraciones

Eliminación de una operación

Si existiese una operación mal incluida o con errores en los campos no modificables para su eliminación se debe utilizar el botón “QUITAR”.

En los datos eliminados el sistema mostrará una fecha de baja y ya no serán tenidos en cuenta como elementos integrantes de la declaración.

Cancelación total de una operación

Si se cancela la totalidad de una operación previamente informada, en el actual período se deberá informar:

  • Cuadro B:  ingresar que Monto Pendiente = 0
  • Cuadro D:  detallar como se produjo la cancelación
  • Cuadro E:  debe consignarse sin datos

La operación será considerada como válida en los períodos anteriores, no siendo traslada al próximo período.

Renovación o reestructuración de una obligación

El deudor y acreedor acuerdan modificar las condiciones originales de la operación (fecha de vencimiento final, tasas de interés, etc.).

Cada renovación o refinanciación deberá consignarse como una nueva operación, considerando que se desembolsaron “nuevos” fondos que han sido utilizados para cancelar la operación original.

Se debe cancelar la operación renovada o refinanciada indicando que en el nuevo período el monto pendiente (cuadro B) es igual a 0 y utilizando el concepto 03 “nuevos prestamos del exterior no ingresados al país ....” en el cuadro D.

Se deberá agregar una nueva operación describiendo las nuevas condiciones acordadas, consignando

Fecha de origen: se indicará la fecha de la refinanciación.
Monto desembolsado: se indicará el monto total refinanciado.
Concepto de desembolso: “Desembolso o Colocación no ingresada al país” (Concepto 02).

Cambio de un acreedor declarado

El acreedor previamente declarado cede el derecho de cobro a otro sin que se modifiquen las demás características de la operación.

Se debe cancelar la operación anterior indicando que en el nuevo período el monto pendiente (cuadro B) es igual a 0 y utilizando el concepto 11 “Modificación del acreedor declarado” en el cuadro D.

Se agregará una nuevo operación con los datos del nuevo acreedor y detallando nuevamente otras características de la operación ya declarada, excepto:

  • Fecha de origen: se indicará la fecha en que se produjo el cambio de acreedor.
  • Monto desembolsado: se indicará el monto de principal pendiente al momento en que cambió el acreedor.
  • Concepto de desembolso: “Nuevo Acreedor en operaciones ya declaradas” (Concepto 06).

Pesificación de la obligación

Se debe cancelar la operación en moneda extranjera indicando que en el nuevo período el monto pendiente (cuadro B) es igual a 0 y utilizando el concepto 08 “Deuda Convertida a Pesos” en el cuadro D.

Se deberá agregar una nueva operación denominada en pesos consignado las condiciones acordadas a la deuda pesificada, consignando:

  • Fecha de origen: se indicará la fecha de la pesificación.
  • Monto desembolsado: se indicará el monto en pesos equivalente.
  • Concepto de desembolso: “Conversión a pesos de pasivos con el exterior” (Concepto 05).

Operaciones en monedas de la Eurozona

Las operaciones pactadas originalmente en una moneda de la Eurozona (marcos alemanes, liras italianas, etc.) que fueron redenominadas en Euros, se indicará que la moneda de origen es el EURO.

Cualquier flujo previo, se deberá expresar en EUROS empleando la relación utilizada en la conversión (deuda expresada en moneda original  / deuda en euros).